La Plataforma de Afectados por el Volcán en Cumbre Vieja 2021 propone que en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en tramitación y que debatirán las Cortes Generales, se modifique el artículo 36.1 de la Ley de Expropiación Forzosa para que el justiprecio de terrenos afectados por las coladas de la erupción se fije con el valor del bien inmueble existente antes del proceso eruptivo.
La plataforma recuerda que la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad regula en el Anexo VIII apartado cuarto los sistemas volcánicos. De esta manera, una vez declarada como espacio natural protegido la zona que el Gobierno canario determine («previsiblemente», para este colectivo de afectados, será, cuanto menos, el ámbito del cono volcánico «por su interés científico»), se aplicará el interés social a efectos de la tramitación del expediente expropiatorio en el que se deberá abonar un justiprecio al propietario del suelo.
Y es en este punto en el que el artículo 36 de la Ley de Expropiación Forzosa, que data de 1954, estipula que las tasaciones se efectuarán con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio.
Para esta asociación de afectados, resulta «imprescindible» que a este precepto se adicione un apartado específico para el caso del volcán de Cumbre Vieja ya que, con su actual redacción, los propietarios del suelo sepultado por la lava solo cobrarían, en caso de expropiación, por el precio del terreno ahora, «que es un valor casi inexistente y no el que tenía la propiedad antes del volcán».
En un comunicado, la plataforma explica que las medidas administrativas para la rehabilitación de las carreteras sepultadas por la lava han sido la actual construcción de dos nuevas vías, para lo cual ha sido necesario la actual tramitación de dos expedientes de expropiación, uno por parte del Cabildo de La Palma y otro por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
En Cabildo ha ejecutado las obras de emergencia en la carretera LP-213 en el tramo La Laguna (Pk3+200)-Las Norias (Pk6+500), cuyo expediente, que se encuentra paralizado, afecta a 131 pequeños propietarios de parcelas en los términos municipales de Los Llanos de Aridane y Tazacorte de más de 50.000 cuadrados.
En el segundo caso, el Ministerio ha tramitado, mediante una declaración de emergencia, una nueva carretera de unos 5,5 km de longitud entre Puerto Naos y Tazacorte, en un tramo también afectado por la erupción volcánica de 2021.
En el Boletín Oficial del Estado el 30 de agosto pasado se publicó la incoación del expediente de información pública del proyecto básico para la reconstrucción o restitución de infraestructuras de carreteras, en el tramo 1, conexión con LP-213-conexión LP-215 para la presentación de alegaciones por los afectados ya que esta vía proyectada transcurre sobre terrenos sepultados por las coladas pero también sobre suelo que quedó a salvo de la lava.
Por ello, lo que propone la plataforma es que las Cortes Generales aprueben que el citado artículo de la Ley de Expropiación Forzosa tenga un nuevo apartado redactado así: “En el caso de los terrenos afectados por la lava del volcán de La Palma erupcionado el 19 de septiembre de 2021, el valor de tasación del justiprecio en las expropiaciones que se tramiten, se determinará con efectos retroactivos al valor del bien inmueble existente anterior a la erupción”.